BASES REGULADORAS 2025 DE
“EL RETO del Reciclaje”

1.- Organizadores y objeto

Ecoembes, la entidad sin ánimo de lucro que cuida del medio ambiente a través del reciclaje y del ecodiseño de los envases, con domicilio en Calle de Cardenal Marcelo Spínola, 14, planta 2, 28016 Madrid (en adelante, EL ORGANIZADOR) en colaboración con la Consellería de Medio Ambiente, Agua, Infraestructuras y Territorio con domicilio en C/ Castán Tobeñas, 77, Ciutat Administrativa 9 d’Octubre. Edif. B. 46018 en Valencia, tienen previsto realizar una acción de comunicación para fomentar el reciclaje de los residuos de envases denominada EL RETO DEL RECICLAJE (en adelante EL RETO), que se desarrollará de conformidad con lo establecido en las presentes bases.

EL RETO tiene como objeto informar e incentivar a la población de municipios pertenecientes al Consorcio Valencia Interior o que se encuentran dentro de su ámbito geográfico para que mejoren y aumenten su aportación de los residuos de envases ligeros (Latas, briks y envases de plástico) y los depositen correctamente separados en el contenedor amarillo para su recuperación, haciendo así posible su posterior reciclaje.

2.- Ámbito de la campaña y municipios participantes

La campaña se desarrollará en 12 municipios del ámbito del Consorcio Valencia Interior (Chiva, Eliana, Bétera, Buñol, Llíria, Náquera, La Pobla de Vallbona, Requena, Riba-Roja del Turia, Utiel, Vilamarxant y Villar del Arzobispo). En estos municipios, se desarrollarán diferentes acciones de comunicación y marketing de cercanía a la ciudadanía, para informar del RETO, animando a los vecinos a participar en el mismo para incrementar las tasas de reciclaje, depositando sus envases en los contenedores correspondientes. En estos 13 municipios; se desarrollarán visitas, talleres y acciones de comunicación personalizadas.

De todos estos municipios citados, cuatro tienen recogida de residuos individualizada, Chiva, Eliana, y Bétera, lo cual permitirá evaluar sus datos de recogida por separado. El resto de los municipios participantes, Buñol, Llíria, Náquera, La Pobla de Vallbona, Requena, Riba-Roja del Turia, Utiel, Vilamarxant y Villar del Arzobispo no disponen de una recogida individualizada sino consorciada, lo cual no permite conocer los datos de cada municipio por separado y por tanto, todos ellos, participan en el RETO de forma consorciada, como si fuesen una única entidad local, junto a las otras cuatro antes mencionadas.

 3.- Duración y mecánica de la campaña

La campaña del RETO dará comienzo el día 22 de abril y finalizará el día 31 de mayo de 2025. Durante este periodo se irán visitando los municipios participantes de acuerdo con un calendario que se publicará en la web www.elretodelreciclaje.com, en los que se desarrollarán las acciones de comunicación.

Para la medición de resultados del RETO, se contabilizarán, en peso, los envases ligeros (latas, briks y envases de plástico) recuperados en los contenedores de recogida selectiva de envases ligeros (amarillos) en cada uno de los municipios participantes, de forma individual o consorciada, desde el día uno de junio de dos mil veinticinco (01/06/2025) hasta el treinta y uno de julio de dos mil veinticinco (31/07/2025), datos de dos meses consecutivos que se compararán, a fin de calcular los porcentajes de crecimiento, con las cantidades recuperadas por cada una de estas entidades, en el mismo periodo del año dos mil veinticuatro (De 01/06/2024 a 31/07/2024).

Si por causas de fuerza mayor fuese necesario aplazar, modificar, anular o repetir EL RETO, este hecho se comunicará por los mismos medios que han sido comunicadas las presentes bases, o en aquellos medios que EL ORGANIZADOR estime oportuno.

Para superar EL RETO, cada municipio de los mencionados deberá: 

AUMENTAR LA APORTACIÓN TOTAL DE RESIDUOS DE ENVASES LIGEROS (LATAS, BRIKS Y ENVASES DE PLÁSTICO) DEPOSITADOS EN EL CONTENEDOR AMARILLO, DEBIENDO CONSEGUIR UN INCREMENTO MEDIO MÍNIMO DEL 10% EN LA APORTACION EN KILOS DE ENVASES LIGEROS (LATAS, BRIKS Y ENVASES DE PLÁSTICO) POR HABITANTE (Cifra anualizada), CORRESPONDIENTE A DOS MESES CONSECUTIVOS, A CONTAR DESDE EL 1 DE JUNIO DE 2025 HASTA EL 31 DE JULIO DE 2025. PARA EL CÁLCULO DEL INCREMENTO,

ESTAS APORTACIONES SE COMPARARÁN CON LAS OBTENIDAS EN EL MISMO PERIODO DEL AÑO ANTERIOR. LOS MUNICIPIOS PERTENECIENTES AL CONSORCIO DEBERÁN SUPERAR EN COMÚN UN MÍNIMO DE DEL 10% DE CRECIMIENTO MEDIO EN LOS MESES DE JUNIO Y JULIO DE 2025. EL RESTO DE LOS MUNICIPIOS (CHIVA, ELIANA, Y BÉTERA) DEBERÁN CUMPLIR ESTAS MISMAS CARACTERÍSITCAS DE CRECIMIENTO, PERO COMPETIRÁN INDIVIDUALMENTE. EL QUE DURANTE ESTE PERIODO DE DOS MESES HAYA CRECIDO AL MENOS ESTE 10% MÍNIMO Y TENGA UNA TASA DE RECUPERACIÓN MAYOR EN KILOS/HABITANTE/AÑO, SERÁ EL GANADOR DEL RETO.

Para el cálculo de incrementos de aportación, cada municipio/mancomunidad deberá entregar sus datos de recuperación (Cifras facturadas a Ecoembes) correspondientes a esta fracción de envases ligeros por la vía habitual de facturación, en un plazo máximo de tres meses desde la fecha de finalización de la campaña (máximo 31 de octubre de 2025). El municipio/mancomunidad que no informe en este plazo, quedará automáticamente excluido del RETO.

Con esta información, Ecoembes realizará los cálculos del incremento de aportación de envases correspondientes a los contenedores amarillos de envases ligeros de cada municipio. Una vez calculados los incrementos y tras las comprobaciones oportunas, se comunicará el ganador del Reto.

4.- Descripción y entrega del premio

En premio del “Reto del Reciclaje” consiste en una ayuda económica para una organización de carácter social sin ánimo de lucro de la localidad ganadora o de su entorno próximo. Para ello, antes de comenzar la campaña, las entidades participantes; Chiva, Eliana, Bétera y El Consorcio de Valencia Interior como entidad agrupadora de los municipios con la recogida consorciada deberán seleccionar una ONG de entre alguna de las siguientes entidades de carácter social (Cáritas, Banco de Alimentos, Asociación contra el Cáncer, Fundación Ayuda Alzheimer, o alguna asociación local de ayuda a discapacitados o niños con necesidades especiales) a la que, en caso de ganar EL RETO, será destinado el premio económico. Una vez iniciada la campaña, no se podrán hacer cambios. La cantidad del premio asciende a un total de 6.000 euros con todos los impuestos, retenciones que en su caso pudiese haber, incluidos.

El premio, en ningún caso, podrá ser objeto de cambio, alteración o compensación a petición de los ganadores.

El premio es intransferible, sólo podrá ser recogido por los representantes de la entidad social elegida previamente por el Consorcio/Ayuntamiento ganador.

EL ORGANIZADOR comunicará al Consorcio/ Ayuntamientos, el nombre de los municipios que hayan superado EL RETO y el del ganador.

EL ORGANIZADOR se reserva el derecho de verificar el adecuado destino final del premio.

5.- Aceptación de bases

La participación en EL RETO supone la aceptación de las presentes bases. Estas bases podrán consultarse en la página web: www.elretodelreciclaje.com El incumplimiento de alguna de estas bases conllevará a la exclusión de EL RETO.

6.-Comunicación del premio

La comunicación de los premios se hará por correo electrónico al ganador o ganadores y se publicará en la página web www.elretodelreciclaje.com

7.- Protección de datos

En cumplimiento de la normativa europea y estatal en Protección de Datos de Carácter Personal, EL ORGANIZADOR como responsable del tratamiento, le informa de que los datos personales que pudieran ser obtenidos solo serían utilizados para la participación en el concurso de fomento del reciclaje de los residuos de envases denominada EL RETO DEL RECICLAJE. La base de legitimación es el consentimiento otorgado por el interesado mediante la firma o aceptación de las presentes bases, tal y como recoge el artículo 6.1. a) del Reglamento General de Protección de datos personales. Los datos personales no serán cedidos o comunicados a terceros, salvo en los supuestos necesarios para el desarrollo, control y cumplimiento de la finalidad/es expresada/s, en los supuestos previstos según Ley. Los datos personales proporcionados se conservarán durante el plazo correspondiente para cumplir con las obligaciones legales, mientras no se oponga al tratamiento o revoque el consentimiento.

De acuerdo con lo previsto en la normativa, puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad y en su caso, oposición dirigiendo un escrito al ORGANIZADOR a la dirección Calle de Cardenal Marcelo Spínola, 14, planta 2, 28016 Madrid. En caso de considerar vulnerado su derecho a la protección de datos personales, podrá interponer una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (www.agpd.es)

Mediante la firma del Documento de aceptación de las Bases, adjunto en el Anexo I, los Participantes aceptan la presente política de protección de datos, consienten que los Promotores traten sus datos personales con la finalidad de gestionar su participación en el Concurso.

8.- Modificaciones

Si causas de fuerza mayor hicieran necesario aplazar, modificar o anular EL RETO se hará constar en las presentes Bases, por lo que invitamos a consultarlas con posterioridad a la participación.

Los organizadores se reservan el derecho de suspender, aplazar, cancelar o modificar la duración de EL RETO en cualquier momento, siempre que existan causas razonadas que así lo justifiquen.

9.- Exoneración de responsabilidad

EL ORGANIZADOR queda exonerado de cualquier responsabilidad que pudiera derivar del incumplimiento o cumplimiento defectuoso por los participantes, de las presentes bases. EL ORGANIZADOR no asumirá la responsabilidad por eventuales daños y perjuicios sufridos por los premiados o terceros, salvo de las irrenunciables por ley.

10.- Legislación aplicable y fuero competente

Las Bases del presente Concurso se regirán e interpretarán de conformidad con la legislación española.

Para cualquier conflicto o litigio que pudiera derivarse de la interpretación de estas Bases, así como del cumplimiento o ejecución del presente Concurso entre los Participantes y los Organizadores, serán competentes de los Juzgados y Tribunales de Madrid con expresa renuncia a cualquier otro fuero que pudiera serles propio.

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